Utilidad Pública

Información Fiscal importante

Queridos socios, adoptantes, padrinos, madrinas, voluntarios/as, simpatizantes, amigos/as… ¡Todo el mundo!

Por resolución JUS//2016, de 25 de enero, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas de la Generalitat de Cataluña, la Asociación para la Defensa de Équidos ADE ha sido declarada entidad de utilidad pública.

Esto quiere decir que, en lo sucesivo, todos los socios, padrinos y donantes tendréis importantes beneficios fiscales. Todas las aportaciones que realicéis a ADE tendrán su deducción correspondiente en el IRPF o en el IS con el Certificado de Donaciones que os remitiremos en cada caso.

Además, ahora el porcentaje de las deducciones por los donativos realizados tanto de personas físicas como jurídicas se ha visto incrementado por la Reforma Fiscal que acaba de entrar en vigor. A continuación os hacemos un esquema de las deducciones de las que os podréis beneficiar en función de la aportación que nos estéis realizando:

Personas Físicas

La modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002, que regula las deducciones de la cuota del IRPF, establece que las personas físicas pueden deducir las donaciones de la siguiente forma:

  • Hacienda te devuelve el 80% de los primeros 150€ que dones al año.
  • A partir de 150€ hay dos tipos de porcentajes:
    - Tipo general: un 35% en el resto de la base de deducción.
    - Fidelización de las donaciones: un 40% si se ha donado en los dos ejercicios anteriores por un importe igual o superior.

Como podéis ver, esta Reforma Fiscal incentiva el “micromecenazgo” de las personas físicas, ya que establece un alto porcentaje de deducción (80%) para los primeros 150€ donados a organizaciones sin ánimo de lucro, como es el caso de ADE.

Personas Jurídicas
  • 35% Las cantidades donadas por empresas u otras personas jurídicas dan derecho a la deducción del 35% de la cuota del Impuesto sobre Sociedades.
  • 40% Fidelización de donativos durante tres ejercicios: Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad será del 40%.

Nos alegra enormemente que la ayuda económica que nos prestáis os sea compensada por fin y podáis recuperar un porcentaje tan elevado. Si tenéis alguna duda al respecto: ¡Consultadnos!

Haciendo constar los siguientes datos: Nombre y apellidos, Razón Social (si procede), DNI o CIF y dirección completa podréis gozar de beneficios fiscales.

*En cumplimiento de la LOPD 15/1999 de 13 de diciembre, se le informa de que los datos personales facilitados por usted, serán incorporados en un fichero responsabilidad de la ASOCIACIÓN POR LA DEFENSA DE LOS ÉQUIDOS (ADE), para exclusiva finalidad de comunicación relativa a nuestra entidad y gestión de las obligaciones dimanantes del contrato de adopción de animales, apadrinamiento, o cualquier otro suscrito por ud. con nuestra Asociación. Podrá ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante solicitud por escrito en la siguiente dirección: Molí de Fals s/n, Fonollosa (08259).